LEY NO. 489-08 SOBRE ARBITRAJE COMERCIAL

Ley No. 489-08

CONSIDERANDO PRIMERO: Que el arbitraje es una figura jurídica de gran trascendencia en el ámbito comercial, ya que constituye una alternativa real para prevenir y solucionar de manera adecuada, rápida y definitiva los conflictos que se susciten en las transacciones de comercio nacional e internacional;

CONSIDERANDO SEGUNDO: Que la legislación actual en materia de arbitraje comercial requiere ser renovada para de este modo dar paso a la adopción de nuevas pautas en las relaciones comerciales dominicanas, acordes a las normativas internacionales sobre el arbitraje;

CONSIDERANDO TERCERO: Que la entrada en vigencia del Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos, Centroamérica y República Dominicana (DR-CAFTA), trae consigo el incremento en el país de las relaciones comerciales, por lo que es necesario la readecuación y ampliación del marco jurídico que regula el Arbitraje Comercial en la República Dominicana, como mecanismo para la adecuada y pronta solución de los conflictos que en materia comercial se presenten;

CONSIDERANDO CUARTO: Que es de gran importancia realizar las reformas que en materia comercial se consideren necesarias, a los fines de adaptar la legislación dominicana al contexto de apertura comercial, globalización y competitividad en el que actualmente se encuentra enmarcado el país.

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